Actividades de las sociedades holding. Compraventa, adquisición, tenencia, y enajenación de valores mobiliarios y de participaciones sociales o acciones en el capital social de cualquier tipo de sociedades. Respetando, en todo, la normativa de la Ley del Mercado de Valores y la Ley de Entidades Colectivas.
Recuerde poner la "coletilla" al final del objeto social. ( aqui )
La cuestión que os quiero plantear es algo más técnica que un simple cnae. Veo que en la redacción que se hace en el objeto social de la actividad holding indicáis las tenencia de bienes mobiliarios, mi duda surge en saber que diferencia hay para una sociedad patrimonial o holding. Es necesario tener alguna autorización de hacienda o algún organismo oficial para desarrollar esta actividad. Y por otro lado una sociedad patrimonial sólo puede ser de temas inmuebles, puedo tener también acciones de otras sociedades. No lo entiendo muy bien.
Hola hay que poner lo de las entidades colectivas? Me refiero que si hay que poner esta advertencia en el objeto o bien en el aviso legal que pone al final com indicáis.
Hola, quería aportar a esta página se podría poner el objeto social a tipo de sociedades nacionales o extranjeras. Muchas de las actividades holding se crean para poder adquirir empresas en el extranjero.